REQUISITOS EMPADRONAMIENTO
– Cumplimentar y firmar, todos los mayores de edad la hoja padronal ( adjunta en documentos)
– Presentar la siguiente documentación, según cada circunstancia.
DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION PARA EMPADRONAMIENTO
A) ESPAÑOLES
– Mayores de 18 años. D.N.I en vigor
– Mayores de 14 años y menores de 18. D.N.I en vigor y además se presentará el libro de familia o certificado literal de nacimiento.
– Menores de 14 años. Libro de Familia o certificado literal de nacimiento. En caso de separación o que no se vayan a empadronar los dos progenitores juntos, autorización del progenitor que no se vaya a empadronar con la copia de su DNI (adjunto modelo en documentos) , sentencia judicial firme con la guarda y custodia concedida y firmar el anexo II ( adjunto en documentos) o sin resolución judicial ni sentencia firme, firmar el anexo I (adjunto en documentos)
B) EXTRANJEROS DE PAISES DE LA UNION EUROPEA, ASI COMO LOS PAISES QUE HAN FIRMADO EL AEEE ( Islandia, Suiza, Noruega y Liechtenstein)
– Certificado del registro de ciudadano de la Unión Europea, que incluye el N.I.E
– Un documento de identidad que incluya fotografía, pasaporte o el documento de identidad de su país en vigor.
– En el caso de llevar menos de 3 meses en España y no disponer de certificado del registro de ciudadano de la UE (N.I.E) deberá aportar pasaporte o documento de identidad de su país en Vigor.
– Menores de 14 años. Libro de Familia o certificado literal de nacimiento ( cuando no dispongan de documento de identidad) . En caso de separación o que no se vayan a empadronar los dos progenitores juntos, autorización del progenitor que no se vaya a empadronar con la copia de su DNI (adjunto modelo en documentos) o sentencia judicial firme con la guarda y custodia concedida y firmar el anexo II ( adjunto en documentos) o sin resolución judicial ni sentencia firme, firmar el anexo I (adjunto en documentos)
C) EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS NI DE PAISES FIRMANTES DE LA AEEE
– Tarjeta de identidad de extranjeros , que incluye el N.I.E en vigor
– En caso de carecer de tarjeta de de identidad de extranjeros , se entregara el pasaporte en vigor.
Menores de 14 años. Libro de Familia o certificado literal de nacimiento ( cuando no dispongan de documento de identidad) . En caso de separación o que no se vayan a empadronar los dos progenitores juntos, autorización del progenitor que no se vaya a empadronar con la copia de su DNI (adjunto modelo en documentos) o sentencia judicial firme con la guarda y custodia concedida y firmar el anexo II ( adjunto en documentos) o sin resolución judicial ni sentencia firme, firmar el anexo I (adjunto en documentos)
DOCUMENTOS VIVIENDA
A) VIVIENDA EN PROPIEDAD: (presentar alguno de los documentos requeridos)
– Escritura en propiedad, donde indique claramente la dirección donde se va a empadronar , o al menos, la referencia catastral
– Recibo de IBI, en el caso de que la vivienda tenga mas de 5 años.
– Contrato privado de compraventa con los documentos identificativos de las dos partes copia del D.N.I del vendedor y comprador
– Sentencia judicial de uso de vivienda en caso de separación. En la sentencia debe aparecer claramente la dirección donde se quiere empadronar.
B) VIVIENDA EN REGIMEN DE ALQUILER
– Contrato de arrendamiento para uso de la vivienda , en vigor y firmado por ambas partes, con la dirección exacta donde se quiere empadronar, acompañado de los 2 últimos recibos de pago del alquiler.
– Cuando el contrato este prorrogado , se solicitará el documento de prórroga del arrendamiento. (siempre que dicha prorroga no venga implícita en el contrato)
– Ultimo recibo de IBI de la vivienda (con la dirección correcta de la vivienda donde se va a empadronar) en el caso que sea de reciente adquisición (este año) documento acreditativo de la titularidad de la vivienda (escritura, nota simple…)
– Fotocopia de D.N.I del arrendador, para verificar la identidad y autenticidad del contrato.
– Recibo de luz o de agua
C) VIVIENDA EN REGIMEN DE CESION EN PRECARIO
– Autorización y declaración jurada de cesión de vivienda sin contraprestación económica alguna, firmada por ambas partes, con la dirección exacta de la vivienda y los nombres de las personas que van a habitar dicha vivienda. (Hoja adjunta en documentos)
– DNI del dueño de la casa
Ultimo recibo de IBI de la vivienda (con la dirección correcta de la vivienda donde se va a empadronar) en el caso que sea de reciente adquisición (este año) documento acreditativo de la titularidad de la vivienda (escritura, nota simple…)
TRAMITES DE PADRON QUE SE PUEDEN REALIZAR POR SEDE ELECTRONICA
– Alta y cambio de domicilio (siempre que se disponga de firma digital) aportando todos los documentos necesarios para dicho tramite y siempre que se este residiendo en el Municipio, El funcionario comprobara la veracidad de los hechos.
– Se pueden sacar certificados y volantes de padrón ( siempre que se disponga de firma digital) INDIVIDUALES , el resto de certificados no sepueden sacar por la sede electronica.
AUTORIZACION PARA SACAR CERTIFICADO O VOLANTE DE CONVIVENCIA
A partir del lunes 5 de abril de 2021, para poder sacar un certificado/volante de convivencia, hay que presentar una autorización, con los datos y firmada, por todos los mayores de edad que están empadronados en ese domicilio, sin esta autorización no se podrá expedir dicho certificado/volante.
Esta autorización se la proporcionara el funcionario de Padrón , también estará disponible en la recepción del Ayuntamiento y en documentos Adjuntos en esta pagina para su descarga.
CUANDO EL FUNCIONARIO CONSIDERE QUE ALGÚN DOCUMENTO PUDIERE SER FALSO, INCORRECTO, ESTAR CADUCADO… (DUDA SOBRE LA IDENTIDAD O SOBRE LA RESIDENCIA) NO PROCEDERA AL ALTA O MODIFICACIÓN. SE ABRIRA UN TRAMITE DE HASTA 3 MESES PARA INVESTIGAR LA REALIDAD DE LO DECLARADO ( INFORME DE LA POLICIA, SERVICIOS SOCIALES, PETICIÓN DE MÁS DOCUMENTACIÓN) SI AL FINAL SE RESUELVE INSCRIBIRLO, SE FIJARÁ COMO FECHA DE ALTA LA DE LA SOLICITUD DEL VECINO.
Lugar de entrega de la documentación: Oficina de empadronamiento (acceso por el patio exterior en planta baja), Ayuntamiento de Torre Pacheco, Plaza Alcalde Pedro Jiménez nº 1
Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 horas ( con cita previa)
Plazo legal de resolución: 3 Meses